Sentencia nº 67 /10 SGAE vs. www.elrincondejesus.com
Aprovechando que es fiesta en Madrid y me han aplazado una reunión en Barcelona, he tenido el tiempo necesario para leer la Sentencia 67/ 10 (Proc. 261/09) de fecha 9 de marzo de 2010. El texto íntegro lo tenéis en la web del demandado y objeto del procedimiento www.elrincondejesus.com y si la “descuelgan” también me la podeis pedir a mi email raf@lawandentertainment.com con alguna anotación mia, eso si.
Para resumiros, SGAE demanda a ésta web por poner a disposición “contenidos de obras musicales que pertenecen al repertorio de la SGAE” y el demandado Jesus Guerra, contesta alegando que él solo enlaza con obras que pueden estar o no protegidas y que desconoce si las gestiona SGAE y que además no obtiene ingreso alguno, es decir, ausencia de ánimo de lucro.
Dos textos legales directamente involucrados, la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI) , en primer plano y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI). La sentencia que desestima las pretensiones de SGAE es controvertida y de obligada lectura para cualquiera que quiera entender un poco lo que tanto se está discutiendo con respecto a la justa protección de derechos de propiedad intelectual y en definitiva derechos autor y el papel de SGAE en todo esto como entidad gestora.
Dudas y observaciones (incluso para juristas):
1) ¿Por qué no se ha mecionado el Art. 17 de la LSSI en la sentencia? Ausencia destacable que ya han apuntado compañeros de DENAE y máxime cuando el juez se molesta innecesariamente en hablar largo y tendido sobre el P2P.
2) Sigue habiendo un desconocimiento para la mayoría de los españoles y españolas de los derechos que gestiona SGAE (repertorio) y de si existe una voluntariedad por parte del autor en que dichos derechos sean o no gestionados por éste ente. También en otro post intentaré tratar el tema el tema del CC (Creativa Commons) y del Copyleft vs. Derechos de Autor y sociedades gestoras.
3) Según SGAE y a la vista de la petitio en la demanda. ¿Sería ilegal que yo en éste web-blog enlazara con la página web www.elrincondejesus.com que a su vez enlaza con contenidos EMule?
4) Ojo con el fundamento tercero al referirse al canon de compensación y la copia privada. Aquí todavía hay mucho vacio legal por el hecho del cobro del canon que pagamos todos los que compramos una impresora, un disco duro, un DVD, un CD o cualquier dispositivo de almacenamiento similar y el juez se vale del mismo, con cierta lógica, para defender la licitud del P2P.










